Comunicados de las FFAA en 1973,rumbo al Golpe

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Los Comunicados 4 y 7 ,de febrero de 1973 , incorporaron en el universo político del convulsionado Uruguay de los 70’ algunas confusiones acerca de los principios Ideológicos que guiaban el accionar de las FFAA, sobre todo a partir del antecedente que marcó el proceso de corte progresista del militar Juan Francisco Alvarado en Perú(Golpe Peruanista). Los documentos ,divulgados el 9 de febrero de 1973 por la Fuerza Aérea y el Ejército, eran  para justificar el desconocimiento del nombramiento del general Antonio Francese como ministro de Defensa. Esto  anunciado por el presidente Juan María Bordaberry  fue el disparador  que desató la rebeldía ,el descontento por mantener a un ministro de Defensa Nacional al que no querían. Sin embargo, los textos de ambos revelaban mucho más que lo que expresaban en una simple lectura.

Aparecía, disimulada en tonos grises, la tensión en la interna militar entre los sectores llamados “peruanistas” (entre los cuales, inicialmente estuvieron el general Gregorio Álvarez y otros connotados jefes del Ejército), articulados por el coronel Ramón Trabal, y los sectores más duros, que presionaban para encontrar una salida “definitiva” a la crisis. La Armada, por su parte, respaldó al Presidente y acordonó la Ciudad Vieja. El Ejército sacó tanques a la calle, pero finalmente no hubo un enfrentamiento generalizado. Los comunicados, que contenían elementos de política económica y pronunciamiento sobre la corrupción, fueron la base de los Acuerdos de Boiso Lanza, por los que Bordaberry se sometió a los militares.

El accionar ideológico de las FFAA tiene su inicio en septiembre de 1971, cuando los mandos militares asumen la dirección de la lucha contra la subversión (Decreto 566/971). El documento “Política de la República” (1974) establece la doctrina seguida por las FFAA en su accionar político, social y económico.

En su segundo párrafo, este documento, que se presenta como la “expresión final y definitiva” del pensamiento de la Junta de Comandantes en Jefe (JCJ), señala un conjunto de artículos de la Ley Orgánica Militar de las FFAA (N°14.157) de 1974 como los elementos que “constituyen la doctrina política básica” de las mismas y que “todos sus integrantes deben sustentar y aplicar”.

Estos artículos no sólo definen a las FFAA como el “núcleo básico de la población organizado para planificar y ejecutar los actos militares que impone la Defensa Nacional” , sino que les adjudica como “misión fundamental” la Seguridad Nacional y les encarga la tarea de apoyar y asumir “planes de desarrollo” a través de “obras de conveniencia pública”, pero “en particular desarrollando el factor militar, en función de las exigencias o previsiones del cumplimiento de su misión fundamental”, que no es otra cosa que “el patrimonio nacional en todas sus formas y el proceso de desarrollo hacia los objetivos nacionales”

La Seguridad Nacional, se dirá más adelante, tanto en “lo interior y exterior”, exige para las FFAA la “contribución personal, material, moral e intelectual de todos los ciudadanos a efectos de la Defensa Nacional”. La Defensa Nacional se define como el “conjunto de órganos, leyes y reglamentaciones que el Poder Ejecutivo acciona a través de los Mandos Militares, para anular, neutralizar o rechazar los agentes capaces de vulnerar” la Seguridad Nacional ( Ley Orgánica Militar, 1974, art 5).

A continuación los referidos Comunicados:

Comunicado Nº 4 FFAA by Ricardo Méndez on Scribd

Comunicado Nº7 FFAA by Ricardo Méndez on Scribd