Ley de Acceso a Información, letra muerta para organismos

Sólo 2 de los 38 organismos departamentales (intendencias y juntas) presentaron declaración en fecha. Un porcentaje muy pequeño de los organismos públicos clasificó su información como pública o reservada de la forma y en el tiempo que exige la Ley de Acceso a la Información Pública.

 

De acuerdo a un informe elaborado por el Centro de Archivos y Acceso a la Información Pública (Cainfo), un porcentaje muy pequeño de los organismos públicos presentaron la clasificación en fecha y muchos no lo hicieron en absoluto.

Pese a la cantidad y la importancia de la información que manejan, el Instituto Nacional de Estadísticas, la Suprema Corte de Justicia, el Tribunal de lo Contencioso Administrativo, el Tribunal de Cuentas de la República y la Corte Electoral no presentaron clasificación de información.

Estos, por su parte, cuentan con un amparo para no entregar cierta información: pueden clasificarla por adelantado como “reservada”.

Además, el estudio muestra que de los organismos que efectivamente presentaron su clasificación en fecha, aproximadamente el 11% de los mismos practicó la “prueba de daños”: es decir, el 89% restante clasificó información como reservada sin demostrar los daños que causaría que la información estuviera en manos del público.

 

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