Gobierno rescinde contrato con astillero Cardama
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Una crónica anunciada.
Según el gobierno se resolvió rescindir el contrato con el astillero Cardama tras constatar incumplimientos contractuales de extrema gravedad, entre ellos la inexistencia y falsedad de garantías esenciales. El presidente Orsi expresó que la decisión es en defensa del interés nacional y la transparencia. Esto abre un frente jurídico, político y patrimonial que todavía está lejos de cerrarse.
Según lo que plantea el gobierno hay:
Incumplimientos sustanciales desde el origen del contrato
El núcleo de la rescisión radica en la inexistencia de las garantías que habilitaban la vigencia misma del contrato. La garantía de fiel cumplimiento resultó ser inexistente —e incluso presentada mediante documentación falsa— y la garantía de anticipo financiero no cumplía con las condiciones contractuales. En términos jurídicos, esto coloca al contrato en una situación de invalidez práctica desde su inicio.
Falta de garantías como causal directa de rescisión
El gobierno sostiene que, al tratarse de un contrato de derecho público, sin garantías válidas el acuerdo “no camina”. Es decir, no se trata de diferencias menores o subsanables, sino de elementos esenciales que hacen inviable la continuidad contractual con el astillero Cardama.
Una oportunidad otorgada… que no fue aprovechada
Pese a la gravedad de los hallazgos, el Estado optó inicialmente por otorgar vistas y plazos a la empresa para que regularizara la situación. Lejos de corregirse, las irregularidades se ampliaron al detectarse nuevas falencias documentales, reforzando la idea de un patrón de incumplimiento y no de un error administrativo aislado.
Cuatro líneas de acción del Estado
La rescisión no se limita a cortar el contrato. El gobierno definió:
- Rescindir el contrato por incumplimientos graves e iniciar acciones por daños y perjuicios.
- Recuperar el patrimonio del Estado uruguayo.
- Determinar responsabilidades institucionales e individuales.
- Avanzar en una nueva adquisición de patrulleras oceánicas, consideradas estratégicas para la soberanía nacional.
Sin arbitrajes internacionales ni tratados de inversión
Un punto clave del mensaje oficial es el encuadre jurídico: no se trata de una inversión extranjera sino de un contrato de suministro. Por tanto, las controversias contractuales se dirimen en jurisdicción nacional, y no en tribunales internacionales. El prosecretario Jorge Díaz fue explícito al descartar cualquier blindaje internacional para la empresa.
La decisión fue tomada en el Consejo de Ministros que encabezó el presidente Yamandú Orsi en la Torre Ejecutiva.
Fotos:Presidencia



