Nueva Ley para limitar reuniones por covid-19
rochatotal//Ricardo Ménde Molina
@mendezri , @RochatotalUy
….el Poder Ejecutivo podrá prorrogar por plazos de treinta días el término previsto en el artículo 1o de la presente Ley, y hasta tanto se mantenga la emergencia nacional sanitaria…
Agotada la anterior Ley, que restringía el derecho de reuniones ante la situación sanitaria- que dio en primer término 60 días y prorrogable por 30 días más y que culmina en pocos días-, el Ejecutivo envía una nueva ley. Según el texto publicado en la web de Presidencia, que será estudiado en una sesión extraordinaria por la Cámara de Representantes y el Senado este jueves,en sesión exprés, “el Poder Ejecutivo podrá prorrogar por plazos de treinta días el término previsto en el artículo 1o de la presente Ley, y hasta tanto se mantenga la emergencia nacional sanitaria”.
Dicho artículo se refiere a la limitación transitoria “y por razones de interés general y salud pública” del derecho de reunión recogido en el artículo 38 de la Constitución. En dicho texto se faculta al Poder Ejecutivo, a través de los Ministerios competentes y los Gobiernos Departamentales en sus respectivas jurisdicciones, a disponer el cese de aglomeraciones de personas , y de reuniones, que generen un notorio riesgo sanitario.
El Ejecutivo considera aglomeraciones “que generen un notorio riesgo sanitario” aquellas que incluyan la “concentración, permanencia o circulación de personas en espacios públicos o privados de uso público” sin distancia social o sin elementos de protección.
También dentro del articulado esta la posibilidad de aplicar multas, que vayan de 30 a 1.000 unidades reajustables , “sin perjuicio de las acciones penales que pudieran corresponder”. El monto recaudado por concepto de multas eventualmente aplicadas será destinado al “Fondo Solidario Covid-19”.
Ver texto a estudio en el Parlamento: