Cabildo Abierto buscará firmas contra la “Usura”
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Propuesta de reforma constitucional
Se habla de endeudamiento en bancos de 700.000 personas y 1.000.000 en el Clering
En conferencia de prensa, el senador Guido Manini Ríos afirmó que en octubre de 2020 el partido presentó un proyecto de ley “para atender una realidad de endeudamiento de las familias uruguayas”.Mientras negocia en el Parlamento ,este Proyecto ,anuncia que saldrá a buscar firmas.
El dirigente político volvió a cuestionar la Ley 18.212 (Ley de Tasas de Interés y Usura) porque permite que quienes “prestan dinero reciban intereses —incluyendo multa y moras— de tres dígitos, en un país en que la inflación en los últimos años no ha llegado nunca a superar los dos dígitos”. Cabildo Abierto, que anunció el pasado 6 de julio que recolectará firmas, deja el artículo constitucional redactado de la siguiente forma: “Prohíbase la usura. Es de orden público la ley que señale límite máximo al interés de las obligaciones, la cual deberá ser aprobada con el voto de los dos tercios del total de componentes de cada una de las Cámaras. La ley determinará el interés máximo permitido por todo concepto, incluido tasas de interés compensatorio y moratorio, comisiones, reajustes y cualquier otro gasto adicional
La propuesta de reforma constitucional presentada por Cabildo Abierto busca modificar el artículo 52 de la Constitución para establecer un interés máximo permitido por todo concepto. Esta disposición aplica a personas físicas o sociedades personales con adeudos por un monto no superior a 200.000 UI, con una tasa efectiva anual del 4% por concepto de intereses, multas, moras y recargos.
En caso de aprobarse la reforma, entraría en vigencia el 1º de enero de 2025, motivada por el endeudamiento de las familias uruguayas.
Resumen de la propuesta:
La ley determinará el interés máximo permitido por todo concepto
La reforma aplicaría a todo tipo de obligaciones y no podrá delegar la determinación del interés máximo a ninguna autoridad
Condiciones para el pago de deudas:
Las deudas contraídas antes del 18 de julio de 2023 podrán ser canceladas con una tasa efectiva anual del 4%
Esta disposición aplica a personas físicas o a sociedades personales y agrarias en las que todas las cuotas sociales pertenezcan a personas físicas.
Texto de Proyecto:
Proyecto sobre Usura Cabildo Abierto by Ricardo Méndez on Scribd