Nuevo complemento de la Ley Nacional de Tránsito

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Una  nueva reglamentación, complementaria de la normativa existente, da otros marcos normativos para la seguridad vial a nivel nacional.

El Parlamento  aprobó en setiembre, esta nueva modificación complementaria a  la Ley Nacional de Tránsito y Seguridad Vial. De esta manera se tendrá que iniciar el proceso de reglamentación, incluyendo a todos los responsables institucionales, colectivos, asociaciones, etc.

Con esta Ley se continúa unificando el marco normativo en seguridad vial en todo el país; profundizando lo ya realizado y avanzando un paso más, desde una perspectiva de política pública.

Esto se aprueba por unanimidad, ya que legisladores, senadores y diputados de todos los partidos políticos votaron de conformidad lo presentado.

Entre los muchos  aspectos de la misma, es de destacar:

Marco de circulación básico y unificado a nivel nacional para ciclistas y motociclistas, sustentando en el marco existente actualmente.

Exigencias de elementos de seguridad al momento del ingreso de vehículos en nuestro país.

Aspectos administrativos de notificación, aplicación de multas a través de medios electrónicos, clasificación de las sanciones, posibilidad de poseer el marco punitivo único, tiempos de prescripción de multas únicos a regir en el país, etc.

Toma de exámenes a aspirantes de conductores o renovaciones en rutas de jurisdicción nacional.

Permiso por puntos.

Registro que permite el seguimiento vehicular por parte de los Gobiernos Departamentales.

Incorporación del término siniestro de tránsito cuando existen lesionados o fallecidos derivados de vehículos en movimiento

Luego de un arduo trabajo de negociaciones en las Comisiones respectivas, la Tercera Ley de Tránsito fue tratada en la Cámara de Senadores.

El articulado consta de seis capítulos que abarcan la seguridad en la circulación de los usuarios vulnerables, elementos de seguridad pasiva y activa para los vehículos automotores, infracciones, sanciones y aspectos administrativos; y modificaciones de la Ley 18.191.

En la Cámara de Senadores se aprobó por unanimidad el proyecto de ley elevado por la Unidad Nacional de Seguridad Vial a través del Poder Ejecutivo.

En el mismo, entre otras cosas, se establece un sistema de puntajes para el permiso de conducir que se verá afectado frente a sucesivas infracciones, como se hace en buena parte del mundo.

Se trata de algo similar a lo que ocurre cuando sucesivamente se detecta que el conductor maneja alcoholizado, ya que las penas son cada vez mayores.

No obstante ello, los conductores infractores podrán iniciar un proceso de “reinserción” en el tránsito reeducándose vialmente, lo cual les permitirá recuperar los puntos perdidos al haber cometido infracciones.

La norma de “tercera generación” como la llamó algún legislador, apunta además, a asegurar medidas de protección obligatorias para los ciclistas como lo es el uso de bandas, chaleco, campera u otra vestimenta de alta visibilidad que cumplan con las exigencias técnicas de retrorreflexión de acuerdo con lo que fije la reglamentación respectiva; a salvaguardar su circulación por bicisendas o ciclovías si las hubiera; mientras que para los peatones establece medidas autopreventivas a la hora de circular, tomando las debidas precauciones frente al abuso que existe en cuanto a utilizar medios electrónicos como transeúntes.También se elevan las exigencias para la importación de vehículos pensando siempre en términos de vulnerabilidad/seguridad. Se establece que deberán contar con control electrónico de estabilidad, dispositivo de alerta acústica y visual de colocación de cinturón de seguridad, encendido automático de luces cortas o diurnas, entre otros aspectos.

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